La Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechó la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición en contra del acuerdo presidencial que clasificó como de interés público y de seguridad nacional los proyectos y obras prioritarios del gobierno federal.

“Se desecha de plano la acción de inconstitucionalidad promovida por los diversos integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, porque el acto impugnado no es una norma de carácter general contenida en algún instrumento que tenga el carácter de ley o tratado internacional”, señala el acuerdo.
Dicho argumento implica que el acuerdo presidencial atacado por los senadores en realidad no afecta sus derechos o atribuciones legales, y por tanto no tienen facultades para atacarlo por la vía de una acción de inconstitucionalidad.
Cabe recordar que los legisladores cuestionaban la constitucionalidad del acuerdo, publicado el 22 de noviembre pasado, que permitía clasificar como de seguridad nacional toda la información sobre construcciones como el Tren Maya, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles o el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.